TUTELA EFECTIVA DE LA GARANTÍA AL DEBIDO PROCESO EN EL ESTADO CONSTITUCIONAL MEXICANO DE 1917
Palabras clave:
Tutela Judicial Efectiva, interés superior del menor, jurisdicción familiarResumen
El presente estudio, intenta establecer una línea discursiva entre los sistemas de justicia federal como pilares del la Justiciabilidad del estado constitucional mexicano a la luz del método histórico-descriptivo vertido desde la ley de amparo de 1919-1920 con un enfoque metodológico eminentemente cualitativo. Los actos procesales tendentes a la protección de derechos fundamentales pueden ser sometidos al escrutinio del juicio de amparo desde entonces y hasta nuestros días, a través de los procedimientos propios del también llamado juicio de garantías, designación que, dicho sea de paso, no es adecuada, pues esta última designación confunde el fin con los medios. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en la actualidad, designa al juicio de amparo, y ello significa, por una parte, que se trata de un juicio en su acepción de procedimiento, esto es, un procedimiento particular contemplado en la referida ley suprema, y desarrollado en la respectiva ley de la materia o ley de amparo; pero por otra parte, significa que se trata de un juicio en tanto pronunciamiento o resolución relativa al proceso de escrutinio, sobre la procedencia o no del amparo como protección constitucional.