EL IUSPOSITIVISMO Y SU COMPATIBILIDAD CON LOS DERECHOS HUMANOS
Palabras clave:
Derecho positivo, Derechos Naturales, Estado, Derecho Internacional, formalismo, Social, ReglasResumen
La predicación del Derecho, tiene como consecuencia que los conceptos que se dicen respecto a su cualidad puedan significar distintos géneros. El género, constituye la identidad u otredad en su relación con distintos entes. De este modo, lo que se dice respecto al deber ser del Derecho, condiciona su relación con otras entidades; Derecho Positivo y Derechos Humanos, pueden significar entidades que guarden relación de identidad, en razón a su construcción discursiva o se rechacen debido a la otredad. Esto sucede con los distintos conceptos de Derecho positivo, pues su conceptualización puede complicar su armonización con los Derechos Naturales, debido que lo que se predica de uno u otro, determina si pueden ocupar el mismo espacio discursivo con relación de género y especie, entidad primaria y entidad secundaria. El elemento que condiciona que la relación del Iuspositivismo y Derechos Humanos sea posible, es la moral debido que el positivismo formalista propugna la separación del Derecho con otras entidades entre ellas la moral.